Que cunda el ejemplo ??
Mirando sitios para poder irme unos días el próximo puente
, me encuentro con una nueva curiosa normativa (esas leyes que tanto me gusta leer y discutir), que quiero compartir con todos vosotros, para ver que os parece.
Se trata del proyecto de Ordenanza Municipal de Medidas para el Fomento y Garantía de la Convivencia Ciudadana en los espacios públicos de Sevilla, y os preguntaréis, que significa todo esto, pués bien, el Ayuntamiento de Sevilla, llevaba ya años dándole vueltas al asunto de como cuidar los espacios públicos y para ello quiere hacer cumplir dicha normativa, cuyo objetivo es:
“La prevención de actuaciones que alteren la convivencia ciudadana y la protección de los bienes públicos de titularidad municipal o adscritos al uso o servicio público y de todas las instalaciones y elementos que forman parte del patrimonio urbanístico y arquitectónico de la Ciudad de Sevilla frente a las agresiones, alteraciones y usos ilícitos de que puedan ser objeto”.
Lo que en términos más coloquiales sería, “cuidar a la ciudad” de actuaciones tales como: grafittis, pintadas, pancartas, carteles, pegatinas, un uso inadecuado del mobiliario de juegos en el espacio público, la realización de necesidades fisiológicas en la vía pública, el consumo de bebidas alcohólicas, las actividades y prestacines de servicios no autorizados, el uso inadecuado del espacio público , los actos vandálicos y agresiones contra el entorno, como puede ser la contaminación acústica, etc.
La normativa tiene vigor en todo el término municipal de Sevilla y es aplicable en los bienes de uso o servicio público de propiedad municipal tal como: calles, plazas, paseos, parques y jardines, puentes, túneles y pasos subterráneos, aparcamientos, fuentes y estanques, estatuas y esculturas, bancos, farolas, elementos decorativos, señales viarias, árboles y plantas, contenedores y papeleras, vallas, señales de tráfico, vehículos de transporte urbano colectivo de viajeros … Los edificios públicos, mercados, museos y centros culturales, centros de enseñanza pública, piscinas, zonas de deporte, polideportivos, cementerios, fachadas de edificios , portales, galerías comerciales, escaparates, patios, solares, pasajes, jardines, setos, jardineras, farolas, elementos decorativos, contenedores … etc, etc, etc. Vamos, en todas las partes.
Y las infracciones para aquellos que se atrevan a incumplir dicha ordenanza son las siguientes:
Las infracciones leves (como pintadas, colocación de carteles, daños en monumentos, árboles…) se sancionarán con multas de 1 a 750 €.
Las infracciones graves (como pintadas en elementos de transporte, municipal o no, señales viales, parques y jardines, fachadas…) ,se sancionarán con multas de 751 a 1.500 €.
Y por último, las infracciones muy graves , cuando se atente contra monumentos o edificios, catalogados o protegidos, podrán sancionarse con multas de 1.501 a 3.000 €.
La verdad es que la idea, como tal, no es nada mala, puesto que muchos habréis visto alguna vez, las barbaridades que muchos energumenos son capaces de hacer en las calles, monumetos y fachadas de las ciudades, pero … ¿es exagerada esta medida? o por el contrario la encuentras justa?
Se ha llegado a decir que hasta por tirar una colilla al suelo, tendrán que pagar 700 € de multa, lo cual a mi que no soy fumadora, no me afecta mucho, pero me parece demasiado!!.
De todas formas con normativas, ordenanzas, multas o lo que sea, el SUR es siempre una muy buena opción donde irse a descansar…
Estilo en tú cocina
Cansada de ver siempre los mismos aburridos y clásicos electrodomésticos… si, si, por mucho, que IKEA intente tenernos mucho más modernizados con sus superprecios, lo que ha conseguido es que entrando en distintas casas creas que estas en la misma… Todas igualitas!!
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